¿Que son las Zonas Francas?
Las Zonas Francas forman parte de un conjunto de políticas que tienen como principal objetivo el incentivo a la inversión en Uruguay.
Las zonas francas son áreas del territorio uruguayo determinadas por el Gobierno de Uruguay, que gozan de un régimen de importantes exoneraciones tributarias, franquicias, beneficios y derechos especiales.
¿Que actividades pueden desarrollarse dentro de las Zonas Francas?
En las Zonas Francas puede desarrollarse cualquier tipo de actividad:
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- Actividad industrial en todas sus fases.
- Actividades comerciales de compraventa de bienes o mercaderías que ingresen a la zona franca en que se realiza la actividad o a otra zona franca, y que tengan tanto por origen como por destino el exterior del territorio nacional, o el territorio nacional.
- Actividades logísticas.
- Actvidades de educación e investigación científica.
- Actividades de servicios desde zona franca, ya sea al interior de una misma zona
i) a usuarios o desarrolladores de otras zonas francas.
ii) a terceros países.
iii) al resto del territorio uruguayo a empresas que sean contribuyentes del Impuesto a la Renta.
¿Cuáles son los beneficios de Zona Franca?
Las inversiones extranjeras no tienen ninguna diferencia con las nacionales, por lo que no requieren trámites ni requisitos especiales para establecerse.
Las actividades de los usuarios de Zonas Francas están exentas de todo tributo nacional, creado o a crearse, en particular cuentan con los siguientes beneficios:
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- Exoneración del Impuesto a la Renta a la Actividades Económicas (IRAE)
- Exoneración del Impuesto al Patrimonio (IP), y cualquier otro impuesto nacional.
- Exoneración de impuestos a la distribución de dividendos.
- Las ventas y las compras al exterior de bienes y servicios no están gravadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA), como tampoco lo están las ventas y prestaciones de servicios dentro de la Zona Franca.
- Las mercaderías que intercambian las Zonas Francas con el resto del mundo están exentas de tributos aduaneros.
- Opción por parte del personal extranjero (hasta 25% del total ocupado) de exonerar contribuciones a la seguridad social en Uruguay.
Actividades entre Zona Francas y Uruguay
Los servicios prestados al resto del territorio Uruguayo recibirán el mismo tratamiento tributario que los servicios prestados desde el exterior.
Las ventas desde el resto del país a las respectivas Zonas Francas se consideran exportaciones de Uruguay y las ventas desde las Zonas Francas al resto del territorio uruguayo se consideran importaciones, sujetas a los tributos aduaneros e impuestos nacionales correspondientes.
¿Quiénes pueden instalarse en Zona Franca?
Las empresas habilitadas para desarrollar actividades en Zonas Francas pueden ser personas físicas o jurídicas bajo cualquier forma societaria. Los usuarios deben tener como objeto exclusivo alguna de las actividades previstas en la Ley.
La empresa deberá contar con al menos 75% de sus empleados de ciudadanía uruguaya y en el caso de las actividades de servicios, el porcentaje mínimo podrá ser del 50% con autorización previa.
Zonas francas Y EL MERCOSUR
Las ventas desde las Zonas Francas hacia el MERCOSUR se rigen por la Decisión 33/15 de julio de 2015 del Consejo del Mercado Común (CMC) del Mercosur. En esta se detalla que toda mercadería originaria de un Estado Parte del Mercosur (o de un tercer país con las mismas reglas de origen, según acuerdo con el Mercosur) no perderá su carácter de originaria cuando transite por una Zona Franca.
En este sentido, dentro de los recintos solo se podrán realizar operaciones destinadas a asegurar la comercialización, conservación, fraccionamiento u otras con similar finalidad, sin alterar la clasificación arancelaria del producto ni el carácter originario verificado, de lo contrario perderán el origen MERCOSUR.
Además Uruguay mantiene Acuerdos para la Promoción y la Protección Recíproca de las Inversiones (APPRI) con 30 países, por lo que muchas empresas extranjeras se encuentran también amparadas a estos Acuerdos.